Título
El titulo que se obtiene al terminar esta carrera lleva por denominación Profesor en Música – Orientación en Educación Musical. La Resolución que avala y reglamenta este Profesorado es la N° 855/10.
Requisitos de Ingreso
El ingresante debe cumplir con los siguientes requisitos -y presentar la debida documentación- para ingresar a la carrera:
- Estudios Secundarios completos.
- Formación Básica Musical (FOBA) completa o en su defecto -en figura de alumno condicional hasta el turno de agosto-, tener aprobado en forma total el Segundo Nivel de la FOBA o el Segundo Año del Ciclo Medio de FOBA (Ver régimen de correlatividades más adelante).
La figura de estudiante y su permanencia
Se considerará estudiante del Conservatorio de Música Ernesto Mogávero de Olavarría a todo aquel que se inscriba y permanezca como alumno. La permanencia de los estudiantes se refiere -en este régimen- a las condiciones académicas requeridas para la prosecución de los estudios en el nivel correspondiente al Profesorado de Música con Orientación a la Educación Musical.
Son condiciones para mantener la permanencia como estudiante las siguientes:
- Inscribirse en al menos una materia en condición de alumno regular (unidad curricular) durante el período febrero-marzo de cada año calendario. Para inscribirse en más materias se podrá optar entre la condición de alumno regular, semi-presencial y/o libre (estas dos últimas dentro de los márgenes previstos detallados más adelante).
- Renovar la inscripción como estudiante de forma anual y mantener al menos una materia en condición de alumno regular (en las mismas condiciones del ítem anterior)*.
- Acreditar (aprobar) al menos 1 (una) Unidad Curricular por año calendario.
- Cumplir con los porcentajes de asistencia exigidos en las cursadas de acuerdo al régimen adoptado (cursada regular o semi-presencialidad) en todas las Unidades Curriculares en las que se haya inscripto. Se exceptúa de esta cláusula a aquellos que se inscriban en condición de libres, a pesar de que los mismos pueden concurrir a clases en la modalidad de “oyente” (modalidad voluntaria donde no se obtienen notas de cursada).
*Nota: Los alumnos que -a partir del segundo año de estudios- se beneficien con el comodato de una Netbook a través del programa Conectar Igualdad, deberán indefectiblemente devolver la misma a la Institución en caso de interrumpir la permanencia como estudiante (o sea en el caso de no haberse anotado en ninguna materia o no haber acreditado -es decir, aprobado- ninguna Unidad Curricular en el año calendario). Dicho comodato se reactivará al momento que el estudiante retome sus estudios normalmente.
La permanencia de los estudiantes es posible de ser recuperada aunque no se la haya ejercido durante cualquier lapso de tiempo. Es decir que un estudiante que haya interrumpido su carrera terciaria podrá re-inscribirse en cualquier momento -siempre a partir del comienzo de un ciclo lectivo- retomando desde el mismo punto en donde su carrera fue abandonada (con materias aprobadas).
Con respecto a la asistencia
El porcentaje de asistencia –en la condición de alumno regular presencial– reglamentado es del 60% POR CUATRIMESTRE, conforme a la Res. 4043/09. Por lo tanto el porcentaje de inasistencias no podrá exceder el 40% de las clases efectivamente dictadas cuatrimestralmente, es decir que la aplicación de ese porcentaje no es computable anualmente.
De manera proporcional –y en la condición de alumno regular semi-presencial– reglamentado es del 30% POR CUATRIMESTRE. Por lo tanto el porcentaje de inasistencias no podrá exceder el 70% de las clases efectivamente dictadas cuatrimestralmente, es decir que la aplicación de ese porcentaje no es computable anualmente.
Acerca de la inasistencias
Los mencionados porcentajes cuatrimestrales del 40% de las inasistencias -en la condición de alumno regular- y el del 70% -en la condición de alumno semi-presencial- se establecerá sobre las clases EFECTIVAMENTE REALIZADAS, es decir que no se consideraran las clases “caídas” por inasistencias del profesor, paros, feriados, capacitaciones docentes o cualquier otro tipo de razón.
Se justificarán las inasistencias por razones de salud, laborales, fuerza mayor (por ejemplo, una situación imprevista tal como un paro de transportes, un accidente, condiciones climáticas extremas, etc.) y socioeconómicas. Respecto de las tres primeras, la certificación será emitida por el médico, el empleador, o quien corresponda, y deberá presentarse en el plazo máximo de una semana luego de haber incurrido en la inasistencia. Las certificaciones presentadas fuera de término -o al momento de trasponer el límite de inasistencias- no serán consideradas como válidas. La no justificación de las inasistencias por razones de salud, laborales y de fuerza mayor -o la presentación fuera de término de la certificación correspondiente- ocasionará la baja automática e indefectiblemente de la condición de alumno regular o semi-presencial. En el caso de las inasistencias por motivos socioeconómicos, la justificación será evaluada sólo por el Consejo Académico Institucional, luego de la solicitud oportunamente emitida por parte del alumno.
La impuntualidad por parte de los estudiantes también se computará como inasistencia parcial, correspondiendo media falta luego de transcurridos diez minutos de iniciada la clase, y falta entera pasada la media hora. Estos plazos podrán excepcionalmente extenderse a 20 minutos y ¾ de hora -respectivamente- si el alumno diera aviso indicando los motivos de la demora. De manera inversa, los estudiantes podrán retirarse luego de 30 minutos transcurridos desde el horario de comienzo de clase si el profesor se demorara sin aviso, sin que se les pueda computar falta por ello.
Reincorporación
En el caso de alumnos regulares y semi-presenciales, la reincorporación sólo será posible si el alumno puede justificar más de una inasistencia por algunas de las causas anteriormente mencionadas. De no cumplirse este requisito, el estudiante perderá automática e indefectiblemente la condición de permanencia en la Unidad Curricular en la que haya incurrido en exceso de faltas, debiendo esperar al próximo ciclo lectivo para volver a inscribirse en la misma u otra condición (regular, semi-presencial o libre). Esto quiere decir que la pérdida de la condición de alumno regular o semi-presencial por inasistencias NO SIGNIFICA que el alumno pueda optar por la condición de libre a partir de ese momento. Solamente podrá acceder a una nueva condición al volver a inscribirse al año siguiente*.
Si el estudiante tuviera más de una inasistencia justificada, la reincorporación se realizará de manera automática, aunque el alumno -para obtenerla- deberá notificarse de manera fehaciente firmando la correspondiente documentación. La extensión de las inasistencias no excederá -en todos los casos- de la mitad de las faltas justificadas (por ejemplo, si tuviere cuatro faltas justificadas, obtendrá sólo dos más; y si tuviera dos, obtendrá una más). No se otorgarán más de dos reincorporaciones a lo largo de un ciclo lectivo.
*Nota: Excepcionalmente -en el caso de una enfermedad prolongada o de un embarazo dificultoso-, el Concejo Académico podrá dictaminar la posibilidad de cambiar a un estudiante a la categoría de libre en el mismo curso lectivo, previa solicitud y análisis de la documentación correspondiente.
Inscripción y reinscripción
El período de inscripción y reinscripción -para cada nuevo ciclo lectivo- es fijado al inicio de las actividades institucionales en el período del 15 de febrero al 5 de marzo. Aquellos alumnos que no hayan efectuado los trámites de inscripción o reinscripción hasta la fecha límite perderán el derecho de permanencia.
Los estudiantes realizarán la inscripción para las instancias de acreditación por unidad curricular sin más límites que las respectivas correlatividades (ver detalles de estas más adelante).
Inscripción a exámenes
Los alumnos podrán inscribirse a las mesas de exámenes hasta 72 horas antes de los mismos. Excedido dicho plazo, deberán aguardar indefectiblemente hasta el próximo turno de examen.
Si un alumno desiste de presentarse a un examen para el cual se halla inscripto, deberá comunicarlo con una anticipación de 24 horas a dicho examen para ser eliminado de la lista, ya que de lo contrario constará como ausente en las actas.
Los turnos de examen serán diciembre, marzo y agosto, con un único llamado por cada turno.
Condiciones de alumnos
Los alumnos podrán tener, ya sea alternada o simultáneamente, hasta tres condiciones: regular, semi-presencial y libre.
Las opciones, tanto para el régimen regular (presencial), como para el régimen semi-presencial, y también para el régimen libre -más adelante detalladas para cada materia- serán decididas por los alumnos en el mismo trámite de inscripción al ciclo lectivo, sin opción a transferencia de régimen una vez iniciado el período lectivo.
Al iniciar los cursos, los profesores deberán entregar a los estudiantes el proyecto de la unidad curricular dando cuenta en él de los trabajos prácticos y evaluaciones previstos, con los correspondientes criterios de aprobación. Asimismo, deberán realizar devolución personal de los resultados obtenidos en las evaluaciones, especificando logros, dificultades y errores, en los plazos definidos en los acuerdos institucionales.
Alumno regular:
Es aquel que se ajusta a las exigencias de cursada y reglamentaciones de asistencia mencionadas más arriba. Por lo tanto su régimen es presencial, pudiendo acreditar de forma promocional o con examen final, dependiendo de lo pautado más adelante para cada disciplina en particular.
Las materias con acreditación promocional serán aprobadas con una calificación de cursada de 7 como mínimo en cada cuatrimestre. Los alumnos que no alcancen la calificación de promoción por cursada serán remitidos a examen final que deberán aprobar con un puntaje mínimo de 4. Queda exceptuado de esta manera de promocionar el Espacio de la Práctica, que indefectiblemente deberá aprobarse con nota mínima de 7 por cuatrimestre, sin ninguna opción a examen final.
Las materias con acreditación establecida por examen final, deberán ser primeramente aprobadas en la cursada con un mínimo de 4 por cuatrimestre para luego acceder al derecho de examen final, también con aprobación por una calificación de 4 como mínimo.
La modalidad regular acepta también una figura denominada alumno regular en red, posibilitando que los estudiantes puedan asistir -por razones de distancia- a otros institutos de Educación Artística de la región para cursar ciertas Unidades Curriculares específicas. Estas unidades son las correspondientes al Campo de Formación General (ver Estructura Curricular más adelante). En el caso de nuestra región, las cursadas en red están limitadas a la Escuela de Artes Visuales “Miguel Galgano” de Olavarría y la Escuela de Bellas Artes “Luciano Fortabat” de Azul.
Alumno semi-presencial:
Es aquel que se ajusta a las exigencias de cursada semi-presencial y las reglamentaciones de asistencia mencionadas más arriba. Al igual que en la condición presencial (alumnos con condición de cursada regular) en la condición semi-presencial, los estudiantes pueden acreditar los espacios académicos de forma promocional o con examen final, dependiendo de lo pautado más adelante para cada disciplina en particular.
También de manera similar a los alumnos regulares, en la semi-presencialidad las materias con acreditación promocional serán aprobadas con una calificación de cursada de 7 como mínimo en cada cuatrimestre. Los alumnos que no alcancen la calificación de promoción por cursada serán remitidos a examen final que deberán aprobar con un puntaje mínimo de 4.
Las materias con acreditación establecida por examen final, deberán ser primeramente aprobadas en la cursada con un mínimo de 4 por cuatrimestre, para luego acceder al derecho de examen final, también con aprobación por una calificación de 4 como mínimo.
La condición de alumno semi-presencial sólo podrá ser adoptada hasta un máximo del 20% del total de las materias correspondientes a cada año (con la excepción de la Práctica Docente y los EDI’s).
Alumno libre:
El alumno podrá optar por la condición de libre de acreditación de materias, con la excepción de las siguientes disciplinas: Espacio de la Práctica, Didácticas y EDIs, que serán únicamente presenciales y en cursada regular.
La condición de libre sólo podrá ser adoptada hasta un máximo del 30% del total de las materias correspondientes a cada año (sin incluir las mencionadas Práctica Docente, Didácticas y EDI’s).
Como desprendimiento de esta reglamentación (y con la única excepción de la nota mencionada más arriba), aquel alumno que en cursada regular quede libre por inasistencias, NO tendrá la opción de transferirse al régimen libre, independientemente de conservar el porcentaje admitido. La decisión por parte de los estudiantes es indefectiblemente obligatoria al inicio del año, sin renegociaciones posibles. Es importante diferenciar la “situación” de “libre por inasistencias” (el alumno pierde indefectiblemente una cursada hasta el próximo ciclo lectivo) a la “condición” de libre, elegida por el alumno al inicio de un ciclo lectivo.
Las materias en régimen libre serán rendidas ante mesa evaluadora en examen con formato específico para este régimen por cada materia. Las fechas de estas mesas evaluadoras serán conforme a los turnos ya especificados, al fin del ciclo lectivo (diciembre, marzo y agosto). Se considera ciclo lectivo al período de marzo a diciembre, siendo posible rendir libre sólo al momento de transcurrir un ciclo completo luego de la inscripción.
En otro orden, si un alumno que ha efectuado la cursada regular de una materia, al momento de la evaluación es desaprobado, o bien si ha perdido la permanencia por exceso de faltas, puede optar por reinscribirse en dicha materia en el régimen de promoción libre en el ciclo siguiente, sin afectar por este motivo al porcentaje de materias pautado en esa condición para ese año.
Validez de cursada de cada Unidad Curricular
La aprobación de la cursada en cada Unidad Curricular que deba acreditarse con Examen Final tendrá una validez de cinco años (quince turnos de examen consecutivos). Una vez transcurrido este plazo sin presentarse o sin poder aprobar, el estudiante deberá indefectiblemente volver a realizar la cursada de dicha Unidad Curricular.
Pasados dos años de la aprobación de una cursada, la evaluación final deberá ajustarse a la propuesta de cátedra vigente al momento de la presentación del estudiante a la instancia de acreditación, si es que esta hubiera cambiado.
Ingreso de estudiantes por pase
Los estudiantes que ingresen por pase de otros establecimientos y que adeuden la acreditación final de una o más unidades curriculares, mantendrán la validez de la cursada pero deberán adecuarse a las condiciones fijadas en el Plan Institucional de Evaluación de la institución receptora (del Conservatorio, en nuestro caso).
Equivalencias
Se podrán acreditar Unidades Curriculares mediante el régimen de equivalencia. Las equivalencias podrán comprender la Unidad Curricular completa o una parte de la misma (equivalencia parcial). En este último caso, de ser necesario, se implementará un trayecto de actualización de saberes. Estos saberes pueden haber sido acreditados en la misma institución (en planes anteriores al vigente o de otras carreras) o en otras instituciones del mismo nivel.
Para la solicitud de reconocimiento no se podrá exceder de los seis años desde la fecha de acreditación final de la Materia por la que se solicita equivalencia.
1. Condiciones para solicitar equivalencias
Para solicitar la acreditación por equivalencia, el estudiante deberá:
- Solicitar mediante nota firmada, enla Secretaríadel Instituto, con fecha no posterior al 31 de mayo de cada año, el reconocimiento de equivalencias de Unidades Curriculares aprobados en la misma institución o en otra institución educativa de estudios superiores reconocida oficialmente.
- Acompañar la solicitud con el certificado analítico de estudios realizados y el/los programa/s que corresponda/n, en el/los que conste carga horaria, contenidos y bibliografía, del/las unidades curricular/es en el/las que solicita equivalencia. La documentación deberá estar debidamente certificada.
- Cursarla Unidad Curricularcuya aprobación solicita por equivalencia, hasta tanto se le confirme fehacientemente que se le otorgó lo solicitado.
2. De las funciones de los equipos docente y directivo
El equipo docente de la materia sobre la que se solicita equivalencia deberá:
- Analizar las expectativas de logro u objetivos, contenidos, carga horaria y bibliografía, del Espacio Curricular a acreditar por equivalencia.
- Emitir criterio, debidamente fundamentado, respecto del otorgamiento de la acreditación total o parcial; o bien del rechazo de la solicitud.
- Si la acreditación es parcial, consignar los contenidos necesarios que permitan elaborar e implementar un trayecto de actualización.
- Remitir ala Secretaríadel Instituto toda la documentación de lo actuado.
El director refrendará lo actuado o bien solicitará una revisión o adecuación. La solicitud de equivalencia deberá ser respondida antes de la finalización del mes de junio del mismo año.La Secretaríanotificará fehacientemente al solicitante el resultado de las actuaciones.
Si la equivalencia se otorgase de manera total, la aceptación deberá ser por escrito. Llegado el momento del certificado de estudios, se registrará la fecha y la nota de aprobación en la institución de origen.
Si la equivalencia es parcial, el equipo docente determinará una fecha de entrega de los trabajos indicados o plazos para el cumplimiento de otras acciones complementarias. Se acordará una entrevista consignando día y hora. Todo esto no deberá exceder la finalización del ciclo lectivo.
Deberá documentarse por escrito todo lo actuado en esta equivalencia parcial, notificándose fehacientemente al alumno.
En el Libro de Actas de Examen del establecimiento se registrará la aprobación de la Unidad Curricular consignando la calificación numérica según correspondiere a la decisión tomada por el equipo docente.
En caso de reprobar las acciones complementarias o de no presentarse, se hará constar esta situación en el Libro de Actas. En este caso se fijará una segunda fecha en un plazo no mayor de 30 días. Si nuevamente el alumno resultare desaprobado o estuviere ausente, la dirección del Instituto denegará definitivamente la equivalencia.
Equivalencias entre Planes de Estudio
Hasta fines del año 2015, se podrán solicitar equivalencias entre el 1er y 2do año del Plan Res. 1099/03 (Profesorado en Música Nivel Inicial, EGB y Polimodal) y el actual Plan 855/10 (Profesorado de Música con Orientación en Educación Musical). Las equivalencias serán otorgadas de la siguiente manera:
Primer año
Profesorado en Música Nivel Inicial y
EGB 1 y 2, y EGB 3 y Polimodal |
Profesorado de Música (Orientación en
Educación Musical) Res. 855/10 |
Tipo de Equivalencia y
Observaciones |
Elementos Técnicos de la Música I | Lenguaje Musical I (1° año) | Total |
Historia de la Música I | Historia de la Música I (2° año) | Total |
Instrumento Armónico I | Instrumento Armónico I (1° año) | Total |
Educación Vocal I | Canto Colectivo I (1° año) | Parcial |
Coordinación Conjuntos Vocales e
Instrumentales I |
Conjuntos Vocales e Instrumentales I (2° año) | Total |
Psicología y Cultura en la Educación | Psicología de la Educación I (1° año) | Total |
Perspectiva Socio-Política | Política Educativa (3° año) | Parcial |
Perspectiva Filosófico – Pedagógica I | Fundamentos de la Educación (1° año) | Parcial |
Perspectiva Pedagógico – Didáctica I | Didáctica General (2° año) | Parcial |
Espacio de la Práctica Docente I | Práctica Docente I (1° año) | Total |
Segundo año
Profesorado en Música Nivel Inicial y
EGB 1 y 2, y EGB 3 y Polimodal |
Profesorado de Música (Orientación en
Educación Musical) Res. 855/10 |
Tipo de Equivalencia y
Observaciones |
Elementos Técnicos de la Música II | Lenguaje Musical II (2° año) | Total |
Historia de la Música II | Historia de la Música II (3° año) | Total |
Instrumento Armónico II | Instrumento Armónico II (2° año) | Total |
Educación Vocal II | Canto Colectivo II (2° año) | Parcial |
Coordinación Conjuntos Vocales e
Instrumentales II |
Conjuntos Vocales e Instrumentales II (3° año) | Total |
Psicología y Cultura del alumno de
Inicial, y 1° y 2° ciclo de la EGB |
Psicología de la Educación II (2° año) | Total |
Teorías de la Percepción y la
Comunicación |
Teorías del Arte II (4° año) | Parcial |
Espacio de la Práctica Docente I | Práctica Docente I (2° año) | Total |
Equivalencias entre Carreras
Mientras continúe en vigencia el Plan Res. 13234/99 (Profesorado en Música Orientación Instrumento), se podrán solicitar equivalencias entre éste y el Plan 855/10 (Profesorado de Música con Orientación en Educación Musical). Las equivalencias serán otorgadas de la siguiente manera:
Primer año
Profesorado en Música (Orientación
Instrumento) |
Profesorado de Música (Orientación en
Educación Musical) Res. 855/10 |
Tipo de Equivalencia y
Observaciones |
Elementos Técnicos de la Música I | Lenguaje Musical I (1° año) | Total |
Historia de la Música I | Historia de la Música I (2° año) | Total |
Instrumento Armónico | Instrumento Armónico I (1° año) | Total |
Psicología y Cultura en la Educación | Psicología de la Educación I (1° año) | Total |
Perspectiva Socio-Política | Política Educativa (3° año) | Parcial |
Perspectiva Filosófico – Pedagógica I | Fundamentos de la Educación (1° año) | Parcial |
Perspectiva Pedagógico – Didáctica I | Didáctica General (2° año) | Parcial |
Segundo año
Profesorado en Música (Orientación
Instrumento) |
Profesorado de Música (Orientación en
Educación Musical) Res. 855/10 |
Tipo de Equivalencia y
Observaciones |
Elementos Técnicos de la Música II | Lenguaje Musical II (2° año) | Total |
Historia de la Música II | Historia de la Música II (3° año) | Total |
Tercer año
Profesorado en Música (Orientación
Instrumento) |
Profesorado de Música (Orientación en
Educación Musical) Res. 855/10 |
Tipo de Equivalencia y
Observaciones |
Elementos Técnicos de la Música III | Lenguaje Musical III (3° año) | Total |
Cuarto año
Profesorado en Música (Orientación
Instrumento) |
Profesorado de Música (Orientación en
Educación Musical) Res. 855/10 |
Tipo de Equivalencia y
Observaciones |
Elementos Técnicos de la Música IV | Lenguaje Musical IV (4° año) | Total |
Promedio General
El Promedio General de la carrera se obtendrá de la suma de todas las calificaciones de las Unidades Curriculares, dividido por el número total de las mismas (41 en el caso del Profesorado de Música con Orientación Educación Musical). No se tomarán los resultados de los promedios parciales de cada año, ni los aplazos.
Estructura Curricular del Profesorado de Música (Orientación Educación Musical) y Modalidades de Acreditación
Primer año (Res. 855/10)
Sin opción a régimen libre o semi-presencial:
- Práctica Docente I (Campo de Formación Práctica Profesional): Acreditación Promocional
- EDI: Acreditación Promocional
Con opción a régimen libre (hasta 3 materias -30%-) o semi-presencial (hasta 2 materias -20%-):
- Lenguaje Musical I (Campo de Formación Específica): Acreditación Promocional
- Producción y Análisis Musical I (Campo de Formación Específica): Acreditación con Examen Final
- Instrumento Armónico I (Campo de Formación Específica): Acreditación con Examen Final
- Canto Colectivo I (Campo de Formación Específica): Acreditación Promocional
- Percusión (Campo de Formación Específica): Acreditación con Examen Final
- Trabajo Corporal (Campo de Formación Específica): Acreditación Promocional
- Fundamentos de la Educación (Campo de Formación General): Acreditación con Examen Final
- Psicología de la Educación I (Campo de Formación General): Acreditación Promocional
- Historia Social General (Campo de Formación General): Acreditación con Examen Final
Nota: La opción de semi-presencialidad sólo se ofrecerá -en el 2013- para el primer año de la carrera de Educación Musical.
Segundo Año (Res. 855/10)
Sin opción a régimen libre:
- Práctica Docente II (Campo de Formación Práctica Profesional): Acreditación Promocional
- Didáctica General (Campo de Formación General): Acreditación con Examen Final
- EDI: Acreditación Promocional
Con opción a régimen libre (hasta 3 materias -30%-):
- Lenguaje Musical II (Campo de Formación Específica): Acreditación Promocional
- Producción y Análisis Musical II (Campo de Formación Específica): Acreditación con Examen Final
- Historia de la Música I (Campo de Formación Específica): Acreditación con Examen Final
- Instrumento Armónico II (Campo de Formación Específica): Acreditación con Examen Final
- Canto Colectivo II (Campo de Formación Específica): Acreditación Promocional
- Conjuntos Vocales e Instrumentales I (Campo de Formación Específica): Acreditación Promocional
- Psicología de la Educación II (Campo de Formación General): Acreditación Promocional
- Historia Sociopolítica de Argentina y Latinoamérica (Campo de Formación General): Acreditación con Examen Final
Tercer Año (Res. 855/10)
Sin opción a régimen libre:
- Práctica Docente III (Campo de Formación Práctica Profesional): Acreditación Promocional
- Didáctica de la Música I (Campo de Formación Específica): Acreditación con Examen Final
- EDI: EDI -Seminario de Educación Musical Especial I-: Acreditación Promocional
- Con opción a régimen libre (hasta 3 materias -30%-):
- Lenguaje Musical III (Campo de Formación Específica): Acreditación Promocional
- Historia de la Música II (Campo de Formación Específica): Acreditación con Examen Final
- Instrumento Armónico III (Campo de Formación Específica): Acreditación con Examen Final
- Informática y Medios Electro-acústicos: (Campo de Formación Específica) Acreditación Promocional
- Conjuntos Vocales e Instrumentales II (Campo de Formación Específica): Acreditación Promocional
- Política Educativa (Campo de Formación General): Acreditación con Examen Final
- Teorías del Arte I: (Campo de Formación General) Acreditación Promocional
Cuarto año (Res. 855/10)
Sin opción a régimen libre:
- Espacio de Práctica Docente IV(Campo de Formación Práctica Profesional): Acred. Promocional
- Didáctica de la Música II (Campo de Formación Específica): Acreditación con Examen Final
- EDI -Seminario de Educación Musical Especial II-: Acreditación Promocional
Con opción a régimen libre (hasta 3 materias -30%-):
- Lenguaje Musical IV (Campo de Formación Específica): Acreditación Promocional
- Historia de la Música III (Campo de Formación Específica): Acreditación con Examen Final
- Instrumento Armónico IV (Campo de Formación Específica): Acreditación con Examen Final
- Realización Musical-Escénica (Campo de Formación Específica): Acreditación con Examen Final
- Teorías del Arte II (Campo de Formación General): Acreditación Promocional
- Metodología de la Investigación en Artes (Campo de Formación General): Acred. Promocional
Oferta de EDI’s
Se ofrecen como acreditación de EDI (Espacio de Definición Institucional) para 2013 -y para el Profesorado en Música con Orientación en Educación Musical en particular- los siguientes espacios:
- Producción y Análisis de Textos: -en 1° o 2° año-
- Taller de Folclore: -en 1° o 2° año-
- Taller de Artes Visuales: -en 1° o 2° año-
- Seminario de Educación Musical Especial I -Introducción a la Educación musical Especial-: En 3° año, de carácter obligatorio.
- Seminario de Educación Musical Especial II –Práctica de la Educación musical Especial-: En 4° año, de carácter obligatorio.
Los estudiantes podrán optar -entre los tres primeros- dos EDI’s para cursar uno en el 1° y otro en el 2° año de la carrera (aunque, dado que los mismos no poseen correlatividades, nada impide que se puedan cursar los dos EDI’s en simultáneo, tanto en 1° como 2° año).
Total de Materias: 41
TÍTULO COMPLETO: PROFESOR DE MÚSICA – ORIENTACIÓN EDUCACIÓN MUSICAL
Correlatividades
Las inscripciones a las distintas Unidades Curriculares que conforman la carrera de Profesorado de Música -Orientación Educación Musical se encuentran condicionadas (*) por las siguientes correlatividades:
Primer año
2do. Nivel Formación Básica para Jóvenes y Adultos o 2do. Año de Ciclo Medio Formación Básica para Niños y Pre-adolescentes COMPLETOS
MATERIA | CORRELATIVAS |
Lenguaje Musical I | Instrumento Armónico (FOBA); Lenguaje Musical III (FOBA), Apreciación
Musical II (FOBA) |
Producción y Análisis Musical I | Instrumento Armónico (FOBA); Lenguaje Musical III (FOBA), Apreciación
Musical II (FOBA) |
Instrumento Armónico I | Instrumento Armónico (FOBA) |
Canto Colectivo I | Práctica Coral II (FOBA) |
Percusión | Práctica de Conjunto Vocal e Instrumental II (FOBA) |
Trabajo Corporal | Lenguaje Musical III (FOBA) |
Práctica Docente I | FOBA Completo |
Fundamentos de la Educación | FOBA Completo |
Psicología de la Educación I | FOBA Completo |
Historia Social General | FOBA Completo |
Segundo año
MATERIA | CORRELATIVAS |
Lenguaje Musical II | Lenguaje Musical I; Instrumento Armónico I |
Producción y Análisis Musical II | Producción y Análisis Musical I |
Historia de la Música I | Lenguaje Musical I |
Instrumento Armónico II | Instrumento Armónico I |
Canto Colectivo II | Canto Colectivo I |
Conjuntos Vocales e Instrumentales I | Producción y Análisis Musical I |
Práctica Docente II | Práctica Docente I; Fundamentos de la Educación; Psicología de la
Educación I |
Didáctica General | Fundamentos de la Educación; Psicología de la Educación I |
Psicología de la Educación II | Psicología de la Educación I; Fundamentos de la Educación |
Historia Sociopolítica de Latinoamérica y
Argentina |
Historia Social General |
Tercer año
MATERIA | CORRELATIVAS |
Lenguaje Musical III | Lenguaje Musical II; Instrumento Armónico II |
Historia de la Música II | Historia de la Música I |
Instrumento Armónico III | Instrumento Armónico II; Lenguaje Musical I |
Informática y Medios Electroacústicos | Lenguaje Musical I |
Conjuntos Vocales e Instrumentales II | Conjuntos Vocales e Instrumentales I |
Didáctica de la Música I | Didáctica General; Psicología de la Educación II; Práctica Docente II |
Práctica Docente III | Segundo año COMPLETO |
Política Educativa | Didáctica General; Historia Sociopolítica de Latinoamérica y Argentina |
Teorías del Arte I | Historia Sociopolítica de Latinoamérica y Argentina; Historia de la Música I |
Cuarto año
MATERIA | CORRELATIVAS |
Lenguaje Musical IV | Lenguaje Musical III; Instrumento Armónico III |
Historia de la Música III | Historia de la Música II |
Instrumento Armónico IV | Instrumento Armónico III; Lenguaje Musical III |
Realización Musical-escénica | Producción y Análisis Musical II; Conjuntos Vocales e Instrumentales I;
Trabajo Corporal; Canto Colectivo II |
Didáctica de la Música II | Didáctica de la Música I; Política Educativa; Práctica Docente II |
Práctica Docente IV | Tercer año COMPLETO |
Teorías del Arte II | Teorías del Arte I; Historia de la Música II |
(*) Nota: Las materias que condicionan las correlatividades deben estar acreditadas al comienzo del Ciclo Lectivo, o en condiciones de acreditar -como plazo máximo- en el turno de exámenes de Agosto del mismo Ciclo Lectivo. Aunque el alumno puede comenzar a cursar la materia “condicionada”, lo hará justamente bajo la figura de “condicional”, y perderá indefectiblemente lo que haya cursado hasta ese plazo si es que no rindiere satisfactoriamente la acreditación de la materia “condicionante”.